Ley de Tabaco

En Chile la regulación sobre el tabaco está bajo la Ley Nº 19.419 decreto Nº18 de 1997, impuesta por el Ministerio de Salud y regularizado por dicho organismo. Quienes no cumplen con la ley se exponen a una sanción es de 1,5 UTM aproximadamente 57 mil pesos chilenos), pero esta multa se multiplica si se vuelve a cometer dentro del mismo año dicha infracción; además se le multará al dueño o administrador del lugar si no le dio un aviso al fumador pero la sanción es solamente de 1 UTM.
Los lugares que no cumplen con las restricciones que impone la ley se arriesgan a pagar entre 1 UTM a 250 UTM, siendo lo más grave no cumplir con la ventilación y habilitación del lugar especial para no fumadores.
Básicamente esta ley prohíbe fumar en:
- Ascensores.
- Establecimientos de educación pre básica, básica y media, es decir, todos los colegios y liceos.
- Recintos de venta de combustibles.
- Lugares donde se fabriquen, procesen, depositen o manipulen explosivos, materiales inflamables, medicamentos o alimentos.
- Medios de transporte de uso público o colectivo.
En cambio si está permitido fumar en patios o lugares al aire libre en:
- Recintos o dependencias de los órganos del Estado.
- Oficinas individuales, si cuentan con ventilación hacia el aire libre o extracción del aire hacia el exterior.
- Establecimientos de educación superior, públicos y privados.
- Establecimientos de salud, públicos y privados.
- Aeropuertos y terrapuertos.
- Teatros, cines y lugares en los que se presenten espectáculos culturales y musicales, salvo que sean al aire libre.
- Gimnasios y recintos deportivos.
- Centros de atención o de prestación de servicios abiertos al público en general.
- Supermercados, centros comerciales y demás establecimientos similares de libre acceso al público.
En el caso de pubs, discotecas o restaurantes, solamente se puede fumar si el área de no fumadores se encuentra a más de 100 mts. cuadrados permitiendo un ambiente limpio y ventilado para los que no fuman.
También cabe destacar que:
- Se prohíbe su venta a menores de 18 años de edad.
- Se prohíbe la venta cigarrillos a menos de 100 mts. de establecimientos de enseñanza básica y media.
- Se prohíbe vender cigarros sueltos o en paquetes inferiores a 10 unidades.

Datos Prácticos
Pueblo Mapuche

Ferias Artesanales en Regiones

Pueblo Huilliche
